martes, 1 de diciembre de 2015

 La Seguridad alimentaria en Venezuela:

El estado venezolano considerando para la seguridad alimentaria  el respeto, protección y garantía del acceso a los alimentos nutritivos para toda la población, sin discriminación de ninguna índole social, económica o cultural.
El objetivo primordial de la Misión Alimentación es garantizar el acceso de los alimentos a la población, a través de la regulación, formulación, seguimiento y evaluación de políticas en materia de comercio, industria, mercadeo y distribución de alimentos.   Su finalidad apunta a mejorar la calidad de vida y lograr la Seguridad alimentaria de la nación, en el marco del modelo productivo socialista, además de planificar y ejecutar todas aquellas acciones tendientes a la promoción, divulgación y defensa del Derecho a la Alimentación.
El cumplimiento de este objetivo histórico, busca fortalecer los hábitos alimentarios saludables y soberanos, el Gobierno Bolivariano ha estructurado una plataforma institucional para la garantía de la seguridad y soberanía alimentaria, inspirada en las necesidades humanas, la cual permite planificar, ejecutar y asegurar el derecho a la alimentación.
En 1999, la Asamblea Nacional Constituyente debatió esta problemática y acordó respaldar plenamente el derecho a la alimentación y la seguridad alimentaria, como el medio idóneo para alcanzarlo. En el Artículo 305 de la Constitución de 1999, puede leerse: "El Estado promoverá la agricultura sustentable como base estratégica del desarrollo rural integral y en consecuencia garantizará la seguridad alimentaria de la población, entendida como la disponibilidad suficiente y estable de alimentos en el ámbito nacional y el acceso oportuno y permanente a estos por parte del público consumidor. La seguridad alimentaria se alcanzará desarrollando y privilegiando la producción agropecuaria interna, entendiéndose como tal la proveniente de las actividades, agrícola, pecuaria, pesquera y acuícola. La producción de alimentos es de interés nacional y fundamental al desarrollo económico y social de la Nación. A tales fines, el Estado dictará las medidas de orden financiero, comercial, transferencia tecnológica, tenencia de la tierra, infraestructura, capacitación de mano de obra y otras que fueran necesarias para alcanzar niveles estratégicos de autoabastecimiento. Además, promoverá las acciones en el marco de la economía nacional e internacional para compensar las desventajas propias de la actividad agrícola."
¿Qué es la soberanía alimentaria?
Según el Dr. Hernán Méndez Castellano, el concepto de seguridad alimentaria no debe limitarse a considerar lo relacionado con la producción y disponibilidad de alimentos, sino que debe garantizar el consumo adecuado de los alimentos de que se dispone, por la totalidad de la población venezolana. Es decir, "existe seguridad alimentaria, cuando todas las personas tienen acceso físico y económico a suficientes alimentos inocuos y nutritivos, para satisfacer sus necesidades alimentarias y sus preferencias en cuanto a alimentos, a fin de llevar una vida sana y activa" (Cumbre Mundial de Alimentación, 1996).

¿Qué no es el derecho a la alimentación?
El Derecho a la Alimentación no es el derecho a una mínima ración de calorías, proteínas y otros nutrientes específicos, o el derecho de una persona a ser alimentada. Se trata de que se garantice el derecho de todo individuo a poder alimentarse por sí mismo, lo que supone no sólo que los alimentos estén disponibles - que la proporción
de la producción sea suficiente para toda la población – sino también que sea accesible - esto es, que cada hogar pueda contar con los medios para producir u obtener su propio alimento.
Sin embargo, si las personas no son capaces de alimentarse por sus propios medios, debido, por ejemplo, a un conflicto armado, desastres naturales o porque se encuentren en estado de detención, el Estado tiene la obligación de proporcionarles alimento directamente.

¿Existe un patrón de consumo en nuestro país?
Puede decirse que los alimentos que conforman el patrón de consumo de los venezolanos no han cambiado significativamente, como lo demuestran las encuestas de Fundacredesa en los últimos 25 años. Aunque las proporciones ingeridas de alimentos de distinto origen, varían entre estratos sociales, existe un grupo básico que conforma la dieta diaria en nuestro país.
Estos alimentos de la dieta son, fundamentalmente, los siguientes: grupo de cereales (harina de maíz precocida, arroz y pasta), aceites y grasas (aceite vegetal, margarina y mayonesa), leche (en polvo), productos lácteos (queso) y huevos, carnes y pescados (pollo y res), tubérculos (papas) y plátanos, frutas (cambur, guayaba, lechosa, naranja), leguminosas (caraotas negras) y hortalizas (tomate, cebolla, zanahoria, auyama y pimentón).
Los cereales, las grasas visibles y alimentos varios representan la mayor participación en la ingesta calórica de las familias del estrato V, en comparación con las del estrato III, que consumen una mayor proporción de alimentos de origen animal.
Estos son los alimentos que constituyen el núcleo fundamental para nuestra seguridad alimentaria y deben tomarse en consideración, tanto por el sector público como el privado, en la definición de políticas y las líneas de acción a tomar para garantizarla.
La orientación de la política debe priorizar en primer lugar mantener el patrón de consumo alimentario de nuestra población, con especial énfasis en mejorar la accesibilidad de esos alimentos a los grupos más vulnerables, lo cual debe acompañarse con una adecuada educación nutricional.
¿Cuáles son los componentes que integran el derecho a la alimentación?
            La disponibilidad alimentaria que establece que los alimentos estén disponibles a través de fuentes naturales, ya sea mediante la producción de alimentos (agricultura y ganadería) o por otros medios que permitan obtener alimentos: pesca, caza y recolección. Por otra parte, significa que los alimentos deben estar disponibles a la venta al detal.
• La accesibilidad señala que se garantice el acceso físico y económico a los alimentos. La accesibilidad económica significa que los alimentos deben ser asequibles. Toda persona debería ser capaz de procurarse alimento para una alimentación adecuada sin tener que comprometer por ello ninguna otra necesidad básica: medicamentos, alquiler, gastos escolares, entre otras. La accesibilidad física significa que los alimentos deben ser accesibles a todos, incluyendo a los grupos más vulnerables físicamente: los niños, los enfermos, los discapacitados o los mayores, para los cuales resulta difícil salir para conseguir alimento.
• El consumo implica aquello que se consume, su calidad y riesgos para la salud, cómo se prepara para el consumo y cómo se distribuyen los alimentos dentro de la familia. Responde a patrones culturales (hábitos alimentarios).
• El aprovechamiento biológico incluye las funciones de utilización del cuerpo, quien aprovecha los alimentos consumidos, función condicionada por aspectos de saneamiento del medio, como agua segura y condiciones que no contaminen los alimentos, así como el estado de salud de la persona, que determinará la conversión de alimentos en nutrientes para la vida. La alimentación también debe ser apta para el consumo humano, libre de sustancias adversas, como contaminantes procedentes de procesos industriales o agrícolas, especialmente residuos de pesticidas, hormonas o medicamentos veterinarios.
ING. DEBORAH SALAZAR.
C.I.: 15.126.920.


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