La Seguridad alimentaria en Venezuela:
El estado venezolano considerando para la seguridad alimentaria el respeto, protección y garantía del acceso a
los alimentos nutritivos para toda la población, sin discriminación de ninguna
índole social, económica o cultural.
El objetivo primordial de la Misión Alimentación es garantizar
el acceso de los alimentos a la población, a través de la regulación,
formulación, seguimiento y evaluación de políticas en materia de comercio,
industria, mercadeo y distribución de alimentos. Su
finalidad apunta a mejorar la calidad de vida y lograr la Seguridad alimentaria
de la nación, en el marco del modelo productivo socialista, además de
planificar y ejecutar todas aquellas acciones tendientes a la promoción,
divulgación y defensa del Derecho a la Alimentación.
El cumplimiento de este objetivo histórico, busca fortalecer los
hábitos alimentarios saludables y soberanos, el Gobierno Bolivariano ha estructurado
una plataforma institucional para la garantía de la seguridad y soberanía alimentaria,
inspirada en las necesidades humanas, la cual permite planificar, ejecutar y
asegurar el derecho a la alimentación.
En 1999, la Asamblea Nacional Constituyente debatió
esta problemática y acordó respaldar plenamente el derecho a la alimentación y
la seguridad alimentaria, como el medio idóneo para alcanzarlo. En el Artículo
305 de la Constitución de 1999, puede leerse: "El Estado
promoverá la agricultura sustentable como base estratégica del desarrollo rural
integral y en consecuencia garantizará la seguridad alimentaria de la
población, entendida como la disponibilidad suficiente y estable de alimentos
en el ámbito nacional y el acceso oportuno y permanente a estos por parte del
público consumidor. La seguridad alimentaria se alcanzará desarrollando y
privilegiando la producción agropecuaria interna, entendiéndose como tal la
proveniente de las actividades, agrícola, pecuaria, pesquera y acuícola. La
producción de alimentos es de interés nacional y fundamental al desarrollo
económico y social de la Nación. A tales fines, el Estado dictará las
medidas de orden financiero, comercial, transferencia tecnológica, tenencia de
la tierra, infraestructura, capacitación de mano de obra y otras que fueran
necesarias para alcanzar niveles estratégicos de autoabastecimiento. Además,
promoverá las acciones en el marco de la economía nacional e internacional para
compensar las desventajas propias de la actividad agrícola."
¿Qué
es la soberanía alimentaria?
Según el Dr. Hernán Méndez Castellano, el concepto de seguridad
alimentaria no debe limitarse a considerar lo relacionado con la producción y
disponibilidad de alimentos, sino que debe garantizar el consumo adecuado de
los alimentos de que se dispone, por la totalidad de la población venezolana.
Es decir, "existe seguridad alimentaria, cuando todas las personas tienen
acceso físico y económico a suficientes alimentos inocuos y nutritivos, para
satisfacer sus necesidades alimentarias y sus preferencias en cuanto a alimentos,
a fin de llevar una vida sana y activa" (Cumbre Mundial de Alimentación,
1996).
¿Qué no es el derecho a la alimentación?
El Derecho a la Alimentación no es el derecho a una mínima
ración de calorías, proteínas y otros nutrientes específicos, o el derecho de
una persona a ser alimentada. Se trata de que se garantice el derecho de todo
individuo a poder alimentarse por sí mismo, lo que supone no sólo que los
alimentos estén disponibles - que la proporción
de la producción sea suficiente para toda la población – sino
también que sea accesible - esto es, que cada hogar pueda contar con los medios
para producir u obtener su propio alimento.
Sin embargo, si las personas no son capaces de alimentarse por
sus propios medios, debido, por ejemplo, a un conflicto armado, desastres
naturales o porque se encuentren en estado de detención, el Estado tiene la
obligación de proporcionarles alimento directamente.
¿Existe un patrón de consumo en nuestro país?
Puede decirse que los alimentos que conforman el patrón de
consumo de los venezolanos no han cambiado significativamente, como lo
demuestran las encuestas de Fundacredesa en los últimos 25 años. Aunque las
proporciones ingeridas de alimentos de distinto origen, varían entre estratos
sociales, existe un grupo básico que conforma la dieta diaria en nuestro país.
Estos alimentos de la dieta son, fundamentalmente, los
siguientes: grupo de cereales (harina de maíz precocida, arroz y pasta),
aceites y grasas (aceite vegetal, margarina y mayonesa), leche (en polvo),
productos lácteos (queso) y huevos, carnes y pescados (pollo y res), tubérculos
(papas) y plátanos, frutas (cambur, guayaba, lechosa, naranja), leguminosas
(caraotas negras) y hortalizas (tomate, cebolla, zanahoria, auyama y pimentón).
Los cereales, las grasas visibles y alimentos varios representan
la mayor participación en la ingesta calórica de las familias del estrato V, en
comparación con las del estrato III, que consumen una mayor proporción de
alimentos de origen animal.
Estos son los alimentos que constituyen el núcleo fundamental
para nuestra seguridad alimentaria y deben tomarse en consideración, tanto por
el sector público como el privado, en la definición de políticas y las líneas
de acción a tomar para garantizarla.
La orientación de la política debe priorizar en primer lugar
mantener el patrón de consumo alimentario de nuestra población, con especial
énfasis en mejorar la accesibilidad de esos alimentos a los grupos más
vulnerables, lo cual debe acompañarse con una adecuada educación nutricional.
¿Cuáles son los
componentes que integran el derecho a la alimentación?
La disponibilidad alimentaria que
establece que los alimentos estén disponibles a través de fuentes naturales, ya
sea mediante la producción de alimentos (agricultura y ganadería) o por otros
medios que permitan obtener alimentos: pesca, caza y recolección. Por otra
parte, significa que los alimentos deben estar disponibles a la venta al detal.
La
accesibilidad señala que se garantice el acceso físico y económico a los
alimentos. La accesibilidad económica significa que los alimentos deben ser
asequibles. Toda persona debería ser capaz de procurarse alimento para una
alimentación adecuada sin tener que comprometer por ello ninguna otra necesidad
básica: medicamentos, alquiler, gastos escolares, entre otras. La accesibilidad
física significa que los alimentos deben ser accesibles a todos, incluyendo a
los grupos más vulnerables físicamente: los niños, los enfermos, los
discapacitados o los mayores, para los cuales resulta difícil salir para
conseguir alimento.
El
consumo implica aquello que se consume, su calidad y riesgos para la salud,
cómo se prepara para el consumo y cómo se distribuyen los alimentos dentro de
la familia. Responde a patrones culturales (hábitos alimentarios).
El
aprovechamiento biológico incluye las funciones de utilización del cuerpo,
quien aprovecha los alimentos consumidos, función condicionada por aspectos de
saneamiento del medio, como agua segura y condiciones que no contaminen los
alimentos, así como el estado de salud de la persona, que determinará la
conversión de alimentos en nutrientes para la vida. La alimentación también debe
ser apta para el consumo humano, libre de sustancias adversas, como
contaminantes procedentes de procesos industriales o agrícolas, especialmente
residuos de pesticidas, hormonas o medicamentos veterinarios.
ING. DEBORAH SALAZAR.
C.I.: 15.126.920.
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